El trámite consiste en la realización de una inhumación ante el fallecimiento de un familiar, bajo alguna de las formas mencionadas:
Para inhumaciones en sepultura
Para inhumaciones en nicho o panteón
Para inhumaciones en bóveda
Para cremaciones
Traslados interio-Exterior
Servicios
En caso de fallecimiento de un familiar
¿En qué consiste y cuándo realizarlo?
Se realiza inmediatamente al recibir el comunicado.
¿Dónde y en qué horario se realiza?
En RICARDO C. MORA, las 24 hs, y 365 días del año llamando al 4305488
¿Quién puede efectuarlo?
Familiares directos o personas responsables a cargo.
¿Qué se necesita para realizarlo?
En bóvedas
– Título municipal (original).
– Tasa por servicios de Administración y Mantenimiento paga.
– Conformidad mediante la presencia de uno de los titulares del sepulcro y justificación de parentesco.
– Licencia de inhumación, expedida por el Registro Civil. Documentación de la cochería
En panteones
– Orden de ingreso al panteón.
– Licencia de inhumación, expedida por el Registro Civil.
– Documentación de la Cochería.
En nichos
– Se efectuara el arrendamiento del mismo de uno (1) a cinco (5) años renovables hasta un máximo de quince (15) años, con:
– Licencia de inhumación, expendida por el Registro Civil.
– Documentación que acredite el domicilio del fallecido.
– Documentación de la cochería.
En sepulturas
– Se darán en arrendamientos por el termino de cuatro (4) años de acuerdo a la ordenanza vigente, con:
– Licencia de inhumación, expendida por el Registro Civil.